Aprobación de Centros de Formación

Es un requisito de la norma de certificación UNE EN ISO 9712 que la formación encaminada al acceso a la certificación cuente con la aprobación del organismo de certificación.

El procedimiento PC18 ha cambiado desde la aprobación de programas de formación a la aprobación de centros de formación, por lo que el proceso de aprobación de programas queda interrumpido de tal modo que no se aprobará ningún programa nuevo que no vaya asociado a un centro de formación.

Procedimiento de Centros de Formación. PC18

Las entidades que actualmente tienen programas aprobados sólo podrán continuar impartiendo formación hasta la fecha de caducidad de la aprobación de cada uno de los programas, debiéndose someter al proceso de aprobación como centro de formación descrito en el procedimiento PC18.

Para ello deberán solicitar la aprobación con seis meses de antelación a la caducidad de los programas aprobados, de tal modo que pueda realizarse todo el proceso de aprobación del centro de examen antes de los tres meses anteriores a la fecha de caducidad de los programas aprobados.

Con la entrada en vigor del presente procedimiento no se iniciarán nuevos procesos de aprobación de programas de formación y por tanto aquellas entidades que quieran ampliar su oferta formativa deberán previamente obtener la aprobación como centro de formación.

Teleformación

Para garantizar la transmisión de conocimientos y el desarrollo de los objetivos y contenidos de cada acción formativa, las entidades de formación que deseen impartir las acciones formativas mediante teleformación, deberán cumplir los requisitos recogidos en la separata “Requisitos para Teleformación".

Tasas

Puede solicitar presupuesto enviando un correo electrónico a Ignacio González (i.gonzalez@aend.org)

Programas de Formación Aprobados

A continuación se muestran las entidades que cuentan con programas de formación aprobados: